Participación ciudadana para obras de electrificación de El Talar, Benavídez, Pacheco y otras obras

El Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires informa que se encuentran abiertas las instancias de participación pública para las siguientes obras:
- el Proyecto de construcción de la nueva subestación eléctrica rectificadora El Talar e instalaciones complementarias para la electrificación del FFCC mitre-ramal mitre,
- el proyecto de construcción de la nueva subestación eléctrica rectificadora Benavidez e instalaciones complementarias,
- el proyecto de construcción de la nueva subestación eléctrica rectificadora Pacheco e instalaciones complementarias
- la Modernización, Renovación y Ampliación de Equipos e Instalaciones Complementarias en Estaciones Victoria, Núñez, Olivos, San Fernando, San Isidro, Palermo y Martínez.
Los trámites se basan en el otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y podrán enviarse consultas hasta el 7 de julio inclusive.
Las participaciones públicas estarán divididas en tres etapas. En primer lugar, la comunidad accede a la información sobre la decisión ambiental en curso. Luego, se formulan las observaciones y se remiten a la autoridad ambiental. Por último, la autoridad ambiental evalúa y considera los aportes para la decisión ambiental.
Durante los primeros días, la comunidad tendrá abierta para su lectura la información de los citados proyectos, y posteriormente quedará abierta la recepción de observaciones, comentarios y sugerencias sobre los mismos. La información quedará a disposición durante todos los procesos en la página web del Ministerio:
La participación de la comunidad, a través de distintas instancias (consultas y audiencias públicas), debe desarrollarse antes de la toma de decisiones administrativas que habiliten proyectos que pudiesen generar impactos significativos sobre el ambiente o la salud.
La participación pública es un derecho de los/las bonaerenses y un deber del Estado, tanto Nacional como de la Provincia, garantizar el acceso al mismo. Este derecho se reconoce tanto en nuestra legislación provincial (Ley 11.723 y Ley 12.475), legislación nacional (Ley 25.675 y Ley 27.275) y en el “Acuerdo de Escazú”, que es el primer tratado de derechos humanos en materia ambiental para la región.
Fuente: PBA
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