La reciente fallo de la Corte Suprema ha desatado una ola de críticas. Los tres jueces ratificaron el Decreto de Necesidad y Urgencia que elimina la Ley de Tierras Rurales, quitando límites a la compra de tierras por extranjeros.
La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la ley de Tierras Rurales, al considerar que la entidad que promovió la demanda carecía de legitimación.
El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas había presentado un amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, con el objetivo de obtener la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, integrantes de la Corte Suprema, rechazaron el amparo bajo el argumento de que carecía de legitimación porque una asociación no puede accionar en defensa de la soberanía territorial como si fuera un derecho de incidencia colectiva amparado por el artículo 43 de la Constitución Nacional.
El fallo de la Corte Suprema fue duramente criticado por expertos como Andrés Gil Domínguez. Este abogado sostuvo que al eliminarse las restricciones, se abre la puerta para que actores extranjeros compren tierras rurales sin límites. “Esto puede generar un manejo insostenible de recursos naturales”, dijo Gil Domínguez. Así, no solo se afecta la soberanía, sino que también se pueden comprometer ecosistemas claves al no contar con una regulación nacional que los proteja de una explotación excesiva.
Si bien el fallo busca flexibilizar regulaciones para atraer inversiones, se ha generado un debate profundo sobre cómo cada provincia administrará la posesión de tierras. Las diferentes jurisdicciones ahora pueden decidir si establecer límites, pero la falta de una regulación nacional unificada preocupa a quienes abogan por la protección ambiental.



